Hipoacúsicos serían aquellos alumnos cuyos restos auditivos
les permiten el dominio del lenguaje oral y escrito. A título indicativo
tendrían unas pérdidas bilaterales de hasta 50-70 dB.
Sordos serían aquellos alumnos cuyos restos auditivos no les permiten
el dominio del lenguaje verbal mediante el uso exclusivo de esta vía
y por tanto precisarían un sistema de apoyo lingüístico
visual o bien el establecimiento del Lenguaje de Signos de España.
A título indicativo tendrían unas pérdidas de más
de 50-70 dB.
El alumno hipoacúsico afectado además de un trastorno de conducta
se escolarizará en centro ordinario de integración preferente
de sordos o en centro específico para alumnos sordos. Si esta segunda
deficiencia es un Trastorno Generalizado del Desarrollo lo hará en
centro de educación especial.
El
alumno hipoacúsico afectado además de una deficiencia visual,
podrá escolarizarse en centro ordinario de integración preferente
de sordos, en escolarización combinada o en centro específico
para alumnos sordos; si además de la hipoacusia padece ceguera se escolarizará en
centro de educación especial.
Si es sordo con cualquier otra deficiencia asociada se escolarizará en
centro de educación especial. |